Coordinación de Lenguas Extranjeras

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Lineamiento para la Operación y Administración del Programa Coordinador de Lenguas Extranjeras en los Institutos Tecnológicos, Unidades y Centros adscritos al Tecnológico Nacional de México

1. LINEAMIENTO PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA COORDINADOR DE LENGUAS EXTRANJERAS

El Instituto Tecnológico Superior de Calkiní en el estado de Campeche (ITESCAM) establece el Programa Coordinador de Lenguas Extranjeras (PCLE) en agosto del 2015 para coadyuvar a la Meta Nacional de Educación de Calidad, “Apoyar nuevos modelos de cooperación académica para la internacionalización de la Educación Superior; promover que más egresados cuenten con capacidades suficientes para ser admitidos en los mejores programas de posgrado de México y el mundo; y promover el establecimiento de marcos curriculares flexibles que permitan a cada estudiante construir su trayectoria académica.”.

El presente Lineamiento permitirá estandarizar el proceso de enseñanza-aprendizaje de Lenguas Extranjeras como una estrategia extracurricular que por medio del aprendizaje significativo y el pensamiento crítico favorezca el desarrollo de la competencia lingüística. El desarrollo de las habilidades de comprensión auditiva, comprensión lectora, producción oral y escrita son los elementos que conforman la competencia lingüística, que deben adquirir los estudiantes de El ITESCAM como requisito de egreso.

El mundo globalizado actual, demanda el dominio de al menos dos lenguas extranjeras para que los egresados se desempeñen profesionalmente de manera exitosa. En las encuestas con empleadores, una de las capacidades más requeridas es el dominio del idioma inglés. Adicionalmente, la inversión extranjera en México, en diversos sectores es cada vez mayor, requiriendo el dominio de idiomas extranjeros como elemento clave para la contratación.

En virtud de que la Calidad de la Educación se evalúa finalmente por el éxito profesional de los egresados, la implementación del Programa Coordinador de Lenguas Extranjeras (PCLE) resulta altamente pertinente. Las bases para la operación y administración de este Programa se establecen en el presente Lineamiento, cuyo objetivo principal es establecer los principios para la enseñanza de lenguas extranjeras que garanticen el dominio de los idiomas, como parte del proceso de formación integral de los estudiantes de El ITESCAM.

 

1.1 PROPÓSITO

Estandarizar el proceso de enseñanza- aprendizaje de Lenguas Extranjeras en los Institutos, Unidades y Centros adscritos al TecNM, con la finalidad de fortalecer la formación integral de los estudiantes.

 

1.2 ALCANCE

El presente Lineamiento se aplicará en los Institutos, Unidades y Centros adscritos al TecNM.

 

1.3 DEFINICIÓN Y CARACTERIZACIÓN

1.3.1 Lineamiento académico-administrativo mediante el cual los aprendientes cursan asignaturas y realizan actividades académicas correspondientes al nivel de estudios de la Lengua Extranjera para alcanzar la competencia del dominio del idioma; estableciendo como obligatorio el inglés, en un nivel B1 como mínimo, de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia (MCER).

1.3.2 El ITESCAM asume el compromiso de la actualización continua de los contenidos de sus programas académicos del idioma inglés e incursiona en otras lenguas que permitan a los aprendientes, el desarrollo óptimo de sus conocimientos profesionales, homologando criterios académicos y administrativos para la impartición de estas lenguas extracurricularmente.

 

1.4 POLITICAS DE OPERACIÓN

1.4.1 DISPOSICIONES GENERALES

1.4.1.1 Las CLE coadyuvarán a desarrollar en los aprendientes competencias lingüísticas en distintos idiomas con el objeto de prepararlos para certificarse internacionalmente, de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia (MCER), como marco regulador de la Enseñanza de Lenguas Extranjeras y para la asignación del nivel B1 de conocimientos del idioma inglés como obligatorio.

 

1.4.2 DEL RESPONSABLE DEL PROGRAMA COORDINADOR DE LENGUAS EXTRANJERAS (PCLE)

1.4.2.1 Establecer actividades multiculturales y plurilingüistas para el logro de la interculturalidad en las CLE.

1.4.2.2 Difundir la normativa en materia académica y administrativa, y a la vez supervisar su cumplimiento.

1.4.2.3 Coordinar y promover la formación, actualización y el desarrollo de los Facilitadores de las CLE.

1.4.2.4 Controlar y supervisar la acreditación y la certificación de los  aprendizajes, capacidades y conocimientos, otorgando la validez de los estudios de los idiomas que se imparten en las CLE.

1.4.3. DE LA COORDINACIÓN DE LA CLE

1.4.3.1 La Coordinación de Lenguas Extranjeras (CLE) es el área responsable de administrar los aprendizajes de las lenguas extranjeras al interior de cada Instituto, Unidad y Centro adscrito al TecNM.

1.4.3.2 Difundir la oferta de capacitación a los aprendientes por medio de clases de Lenguas Extranjeras, en consideración de los criterios institucionales previamente homologados.

1.4.3.3 Coordinar, controlar y dar seguimiento a los programas de enseñanza-aprendizaje de Lenguas Extranjeras dentro de la CLE.

1.4.3.4 Verificar que las o los Facilitadores (as) utilicen la metodología y los recursos didácticos descritos en este instrumento para la enseñanza y la práctica de los diferentes idiomas que se imparten.

1.4.5 DE LAS Y DE LOS APRENDIENTES

1.4.5.1 Se podrán inscribir a los cursos que se impartan en La CLE, cualquier aprendiente de los Institutos Tecnológicos, Unidades y Centros, el personal docente, personal administrativo y la comunidad en general, acompañados de una solicitud de inscripción y de una constancia o certificado de estudios, en cumplimiento del procedimiento siguiente:

I. Solicitar los cursos de Lengua Extranjera en la CLE en las fechas de inscripción establecidas.

II. Presentar en la CLE, el examen de ubicación para determinar el nivel que le corresponda cursar.

III. En quinto semestre haber acreditado el nivel del idioma de inglés A2 para poder realizar su servicio social.

IV. Para poder realizar su residencia será necesario haber acreditado el nivel B1 del idioma inglés para poder realizar su residencia.

1.4.5.2 El proceso de inscripción o reinscripción se llevará a cabo en el Instituto.

1.4.5.3 Para efectos del pago de las cuotas de inscripción o reinscripción establecidas previamente, estas se deberán depositar directamente en caja o por medio de su monedero.

1.4.5.4 Aprobar los cursos de Lenguas Extranjeras necesarios para obtener el nivel B1, mismo que le servirá como requisito de titulación.

1.4.6 DE LA OBTENCIÓN DE LA CONSTANCIA DE TÉRMINO DE ESTUDIOS

1.4.6.1 El Instituto entregara una constancia oficial de estudios una vez que hayan cursado y acreditado los niveles necesarios para alcanzar el B1, de acuerdo al MCER como requisito de titulación.

1.4.6.2 El estudiante podrá liberar el requisito de Lengua extranjera presentando un certificado de nivel B1, de acuerdo al MCER, emitido por instancias reconocida nacional y/o internacionalmente tales como: ETS (TOEIC, TOEFL), Trinity, Cambridge Y CENNI, con una vigencia no mayor a 2 años.

1.4.6.3 La calificación mínima aprobatoria de los diferentes niveles de lenguas extranjeras será de 70 (setenta) puntos en una escala a cien puntos (0 a 100).  Sin embargo, las calificaciones obtenidas por el aprendiente en los cursos de Lenguas Extranjeras, no afectan su historial académico.


NOTA:
Cualquier duda relacionada con el programa de Inglés, favor de escribir a la coordinación de lengua extranjera al correo squijano@itescam.edu.mx

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